Cataluña sube la tasa turística en 2026 con la Ley 2/2026. Te explicamos qué cambia, las tarifas del IEET autonómico por tipo de alojamiento, el recargo municipal y cómo cobrarla bien en el check-in.
La subida de 2026: qué cambia con la Ley 2/2026
En 2026 Cataluña vuelve a subir la tasa turística. El cambio llega de la mano de la Ley 2/2026, que actualiza el Impuesto sobre las Estancias en Establecimientos Turísticos (IEET) y, sobre todo, amplía el margen del recargo municipal que pueden aplicar los ayuntamientos.
La dirección es clara: se paga más, y la brecha se abre sobre todo por el recargo municipal, que en Barcelona ha ido creciendo año tras año y que el nuevo marco permite elevar aún más. La combinación de tasa autonómica más recargo municipal es lo que determina cuánto paga finalmente cada huésped por noche.
Como los importes se aplican de forma escalonada y varían según el municipio, conviene confirmar la cifra exacta aplicable a tu alojamiento con la Agencia Tributaria de Cataluña (ATC) y con tu ayuntamiento. Lo que no cambia es la estructura, que explicamos a continuación.
Dos tasas superpuestas: autonómica y municipal
En Cataluña el huésped puede pagar dos tasas que se suman en una sola factura. La autonómica es el IEET de la Generalitat, vigente desde 2012 y aplicable en toda Cataluña. El recargo municipal es un sobreprecio que aplican algunos ayuntamientos —Barcelona es el caso más conocido— por encima de la tarifa autonómica.
Aunque son tributos distintos, con normativas y liquidaciones separadas, en la práctica se cobran al viajero como un único importe por noche. Entender que son dos capas ayuda a no confundir las cifras y a liquidarlas donde corresponde.
Tarifas del IEET autonómico en 2026
La tarifa autonómica depende del tipo de establecimiento y de su categoría. Estas son las tarifas de referencia del IEET en Cataluña en 2026:
| Tipo de establecimiento | Tarifa IEET (por persona y noche) |
|---|---|
| Hotel de 5 estrellas, gran lujo y categorías superiores | 3,50 € |
| Hotel de 4 estrellas y 4 estrellas superior | 1,70 € |
| Hotel de categoría inferior, hostal o pensión | 1,00 € |
| Apartamento turístico (HUT) y vivienda de uso turístico | 2,25 € |
| Cámping (según categoría) y albergue | 0,60 € |
| Embarcación de crucero (más de 12 horas atracado) | 3,00 € por persona |
Tarifas de referencia del IEET; a este importe se suma el recargo municipal donde exista. La Ley 2/2026 introduce cambios que se aplican de forma escalonada, así que confirma el importe vigente para tu caso con la Agencia Tributaria de Cataluña.
El recargo municipal: el verdadero motor de la subida
Sobre la tarifa autonómica, algunos ayuntamientos aplican un recargo. El de Barcelona es el más alto y el que más ha subido: entró en 2021 y ha ido creciendo año tras año hasta alcanzar 4,00 € por persona y noche en 2025, con la intención declarada de seguir elevándolo.
El recargo se aplica con independencia de la categoría: un huésped en una HUT y otro en un hotel de 5 estrellas pagan el mismo recargo municipal por noche, aunque su IEET autonómico sea distinto. La Ley 2/2026 amplía el techo de este recargo, que es donde se concentra buena parte del incremento de 2026.
Ejemplos de cálculo y el tope de 7 noches
Para ver el impacto real conviene sumar las dos capas. Tomando el recargo de Barcelona de referencia:
- ✓Huésped en una HUT en Barcelona: 2,25 € (IEET) + 4,00 € (recargo) = 6,25 € por persona y noche.
- ✓Huésped en hotel de 5 estrellas: 3,50 € (IEET) + 4,00 € (recargo) = 7,50 € por persona y noche.
- ✓Pareja en HUT durante 4 noches: 2 × 4 × 6,25 = 50,00 €.
- ✓A partir de la 8.ª noche, la estancia deja de devengar tasa: solo se cobran las 7 primeras noches por estancia.
Exenciones que debes aplicar bien
No todos los huéspedes pagan. Aplicar mal las exenciones te lleva a cobrar de más (y arriesgar reclamaciones) o de menos (y restar de tu margen). Las principales:
- ✓Menores de 17 años (16 inclusive): exentos tanto del IEET autonómico como del recargo municipal.
- ✓Estancias por fuerza mayor (catástrofes, emergencias) declaradas oficialmente.
- ✓Personas alojadas en establecimientos sociales o de internamiento financiados por administraciones públicas.
- ✓A partir de la 8.ª noche, todas las noches adicionales están exentas.
Cómo declarar y liquidar
El alojamiento es el sujeto obligado a recaudar la tasa del huésped, declararla e ingresarla. El IEET autonómico se autoliquida ante la Agencia Tributaria de Cataluña (ATC) mediante el modelo 950, con carácter trimestral en general (y mensual para grandes contribuyentes).
El recargo municipal se liquida por separado ante el ayuntamiento correspondiente, en Barcelona a través de su sede electrónica. No cobrar la tasa al huésped no te exime de ingresarla: si no la repercutes, sale de tu margen.
Fuentes oficiales
- Agencia Tributaria de Cataluña (ATC)— Autoliquidación del IEET (modelo 950)
- Cómo automatizar el cobro de la tasa turística— Cálculo y cobro de la tasa durante el check-in online
Cobrar la tasa correcta automáticamente en el check-in
Con dos capas superpuestas, tarifas por categoría, un tope de 7 noches, menores exentos y una subida escalonada en 2026, calcular la tasa a mano en cada llegada es un imán para el error. Cobrar de menos te resta margen; cobrar de más te expone a reclamaciones.
BookCheckin calcula automáticamente la tasa aplicable a cada reserva en Cataluña —tarifa autonómica según la categoría, recargo municipal vigente, exención de menores y tope de la octava noche— y la cobra durante el check-in online. El importe queda registrado junto a la reserva, listo para la autoliquidación trimestral, y el huésped no se lleva sorpresas a la llegada.